La Corte de Apelaciones de Iquique rechazó un recurso de protección interpuesto por la Asociación Infantil de Fútbol de Alto Hospicio y un grupo de padres en contra del Servicio de Vivienda y Urbanismo y la Municipalidad de Alto Hospicio por el supuesto despojo de que habrían sido objeto de las canchas que empleaban en el sector de La Quebradilla.
En una resolución judicial dictada por los ministros Erico Gatica, Pedro Guiza y Frederick Rocco, se desestimó el recurso de protección interpuesto por Luis Silva Vásquez, presidente de la Asociación de Fútbol Infantil y un grupo de padres, donde alegaban que se habían conculcado garantías constitucionales y que tanto el Serviu como la Municipalidad de Alto Hospicio habían cometido actos arbitrarios e ilegales, al ocupar el terreno con maquinarias que se encuentran ejecutando faenas en el lugar, las que dejaron a un número importante de menores sin poder practicar deporte, alegando – además – la existencia de un supuesto comodato.
Con los antecedentes presentados – principalmente – por el Serviu quedó establecido que no existe tal comodato, que el área sólo fue facilitada en calidad de préstamo para ejecutar un campeonato y que el terreno se encuentra en trámite para ser transferido a la Municipalidad de Alto Hospicio desde el 2011 a título gratuito para la implementación en el sitio de espacios recreativos, deportivos, entre otros. Asimismo, se determinó que el sitio está siendo intervenido por la Delegación Presidencial con maquinaria y se está ejecutando un mejoramiento de las instalaciones, todo con el fin habilitar canchas deportivas para el Club Deportivo Canadela por un período de tres años, con el objetivo de compensar la ocupación de las instalaciones deportivas originales de esta organización en la cual se emplazaron 144 viviendas de emergencia para los damnificados de los terremotos del norte.
Los ministros de la Corte de Apelaciones de Iquique estimaron que no se divisa ninguna afectación de garantías constitucionales como se denuncia en el libelo, toda vez que “la actuación del Serviu obedece al ejercicio que como dueño del terreno le asiste, habiendo informado previamente a la asociación recurrente sobre su destino, por lo que su actuar no puede ser calificado como de una comisión especial. Tampoco ha quedado demostrado la existencia de algún hecho concreto y determinado que importe la afectación de la integridad física y síquica de alguno de los miembros menores de dicha asociación”.
El alcalde de Alto Hospicio, Ramón Galleguillos, valoró la resolución judicial. “Estas personas han sido instrumentalizadas políticamente, por unos revoltosos de turno que andan sueltos. Nosotros estamos a la espera de la transferencia del terreno, aunque sabemos que se están ejecutando obras en el lugar para mejorar las canchas y poder garantizar también las prácticas de la Asociación Canadela, que facilitó los terrenos que tenían en comodato para los damnificados del terremoto. Aquí no ha habido despojo, daño sicológico ni perjuicios, como algunos han pretendido hacer ver, lo que ha quedado plasmado en esta resolución de la Corte de Apelaciones. Estamos todos trabajando para seguir incentivando el deporte y ésta ha sido una de las políticas prioritarias del municipio”, subrayó.